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CARTA DE INTENCIÓN NO VINCULANTE PARA LA POSIBLE COMPRA DE EQUIPOS DE CARGA PARA VEHÍCULOS ELÉCTRICOS

La presente Carta de Intención No Vinculante (la “Carta”) se celebra entre SYNERGEV MX, S.A. de C.V. (“SYNERGEV”) y la empresa identificada a continuación (el “Cliente”), quienes por medio de la presente expresan su interés mutuo en explorar una posible relación comercial para el suministro de equipos de carga para vehículos eléctricos fabricados por SYNERGEV.

INFORMACIÓN DEL CLIENTE

Tu Nombre

Nombre de la empresa

Cargo

Correo electrónico

Número de teléfono

I. ANTECEDENTES

a) SYNERGEV se encuentra desarrollando un proyecto para establecer una planta de fabricación de equipos de carga para vehículos eléctricos.

b) Con el fin de determinar los requerimientos de capacidad de producción y planificar la adquisición de componentes y materias primas, SYNERGEV busca evaluar la demanda potencial de sus clientes para la futura compra de dichos equipos.

c) El Cliente está interesado en evaluar la posible adquisición de dichos equipos de conformidad con sus necesidades comerciales.

Con base en lo anterior, las Partes acuerdan lo siguiente:

II. PRONÓSTICO INDICATIVO

Con base en su planificación comercial actual y sujeto a las condiciones del mercado, el Cliente estima la siguiente demanda potencial de equipos de carga:

Enero-Marzo

Número estimado de unidades:

Abril – Junio

Número estimado de unidades:

Julio – Septiembre

Número estimado de unidades:

Octubre – Diciembre

Número estimado de unidades:

Las Partes reconocen expresamente que el pronóstico anterior se proporciona únicamente para fines de planificación comercial y de producción de SYNERGEV y no constituye una orden de compra, un compromiso vinculante de compra ni una obligación mínima de compra.

El Cliente podrá revisar o actualizar dicho pronóstico periódicamente conforme evolucionen sus necesidades comerciales.

III. NATURALEZA NO VINCULANTE

Las Partes reconocen que la presente Carta:

• No constituye un contrato de compraventa.

• No obliga al Cliente a adquirir cantidad alguna de equipos.

• No obliga a SYNERGEV a fabricar o entregar una cantidad específica de equipos.

• No genera responsabilidad alguna para ninguna de las Partes en caso de que la cantidad efectivamente adquirida difiera del pronóstico indicativo.

Las Partes reconocen además que cualquier obligación vinculante de compra o suministro de equipos surgirá únicamente mediante la celebración de un acuerdo definitivo y la emisión de las órdenes de compra correspondientes.

IV. BENEFICIOS PARA LOS CLIENTES PARTICIPANTES

En reconocimiento del interés del Cliente y con el propósito de fomentar su participación en el proceso de planificación de fabricación de SYNERGEV, SYNERGEV tiene la intención de ofrecer al Cliente, sujeto a la celebración del Acuerdo Definitivo dentro del plazo establecido en esta Carta, los siguientes beneficios comerciales:

i. Condiciones Comerciales Preferenciales

• Precios de introducción.• Cobertura de garantía extendida.• Condiciones preferenciales de suministro.

ii. Prioridad de Producción

• Capacidad de producción reservada.• Asignación de inventario para proyectos estratégicos.• Planificación colaborativa de la demanda.

iii. Soporte Dedicado

• Soporte directo de ingeniería.• Capacitación técnica y comercial.• Desarrollo conjunto de soluciones.

iv. Acceso Anticipado

• Nuevos productos y configuraciones de productos.• Programas piloto e iniciativas de validación de productos.• Participación en lanzamientos de nuevos productos.

Los beneficios comerciales descritos anteriormente estarán disponibles únicamente si las Partes celebran el Acuerdo Definitivo dentro del plazo establecido en esta Carta o dentro de cualquier prórroga acordada mutuamente por escrito.

Si no se celebra un Acuerdo Definitivo dentro de dicho plazo, SYNERGEV podrá retirar cualquiera o la totalidad de los beneficios ofrecidos sin incurrir en responsabilidad alguna.

V. NEGOCIACIÓN DEL ACUERDO DEFINITIVO

Las Partes expresan su intención de negociar de buena fe un acuerdo definitivo para la compraventa de equipos dentro de los noventa (90) días naturales siguientes a la celebración de la presente Carta.

La falta de celebración del Acuerdo Definitivo dentro de dicho plazo no dará lugar a responsabilidad alguna para ninguna de las Partes.

VI. CONFIDENCIALIDAD

Toda información técnica, comercial, financiera, estratégica o de cualquier otra naturaleza que sea confidencial o de propiedad exclusiva y que sea divulgada por cualquiera de las Partes en relación con esta Carta deberá ser tratada como confidencial y utilizada exclusivamente para evaluar la posible relación comercial contemplada en la presente.

Esta obligación de confidencialidad permanecerá vigente durante un período de dos (2) años posteriores al vencimiento o terminación de esta Carta.

VII. NO EXCLUSIVIDAD

La presente Carta no crea una relación de exclusividad entre las Partes.

Durante su vigencia, cualquiera de las Partes podrá negociar con terceros, fabricar para terceros, vender a terceros, comprar de terceros o celebrar acuerdos con terceros respecto de productos o servicios similares, sin que dichas acciones constituyan un incumplimiento de esta Carta.

VIII. VIGENCIA

La presente Carta permanecerá vigente durante noventa (90) días naturales contados a partir de la fecha de su celebración, salvo que las Partes acuerden mutuamente y por escrito prorrogar su vigencia.

IX. NATURALEZA JURÍDICA

Las Partes reconocen expresamente que las disposiciones relativas al Pronóstico Indicativo y a la intención de celebrar un acuerdo futuro son únicamente de carácter declarativo y no son jurídicamente vinculantes.

Únicamente las siguientes disposiciones serán jurídicamente vinculantes para las Partes:

• Confidencialidad;
• Ley Aplicable y Jurisdicción; y
• Interpretación de la presente Carta.

X. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

La presente Carta se regirá e interpretará de conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos.

Cualquier controversia que surja de o esté relacionada con las disposiciones vinculantes de esta Carta será sometida a los tribunales competentes de la Ciudad de México, México, y cada una de las Partes renuncia irrevocablemente a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderle.

ACEPTACIÓN Y FIRMA

He leído y acepto los términos de la presente Carta de Intención No Vinculante y reconozco expresamente qué disposiciones de la misma son vinculantes y cuáles son de carácter no vinculante.

Tu Nombre o Nombre completo del representante autorizado

Cargo

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